Absuelto el sanitario acusado de acceder en más de cinco ocasiones al historial de una enfermeraViernes, 14 de febrero de 2025 por diariodicen.es A finales de enero tuvo lugar el juicio contra un profesional sanitario, que era responsable de Enfermería de un área de salud de un pueblo de Zamora, por haber accedido hasta en cinco ocasiones sin autorización al historial de una enfermera. La enfermera tenía firmado un contrato de sustitución para un consultorio, aunque desconocía la ubicación, ya que pensaba que era en otro centro. Una situación que le generó un episodio de ansiedad y derivó en una baja. La enfermera estuvo de baja laboral por enfermedad común desde el 4 de marzo hasta el 2 de mayo de 2022. El día 4 de marzo, el denunciado se dio cuente de que su compañera no había recogido las llaves para abrir el consultorio y, ya que no se le había comunicado su ausencia, a las 13.42 horas entró con sus claves en su historia clínica, según él “para comprobar si se encontraba de baja médica, su disponibilidad y organizar, destinando a otro profesional para atender el servicio en la localidad”. El enfermero accedió a la historia clínica de su compañera “con una periodicidad, prácticamente, semanal para comprobar si continuaba de baja médica, con la única finalidad de conocer esta circunstancia para planificar y asegurar la prestación de las labores sanitarias asistenciales”, se defendía. Absuelto tras el juicio La Fiscalía solicitaba una condena de dos años de prisión por un delito de revelación de secretos al acceder al historial de una enfermera que se encontraba de baja por un episodio de ansiedad. Por su parte, la acusación particular reclamaba cuatro años y seis meses para el acusado y 10 años de inhabilitación. La Defensa argumentó que el responsable de los enfermeros solo consultó la información médica de la denunciante para conocer si seguía o no de baja con el fin de gestionar su sustitución. Finalmente, el acusado ha sido absuelto porque “no se ha acreditado que tal actuación haya ocasionado perjuicio alguno” a la persona interesada, según precisa la sentencia.