¿Medicar sin prescripción?

Viernes, 5 de octubre de 2012

por diariodicen.es

Según una sentencia de un juzgado de Alicante, una enfermera del Hospital de San Juan (Alicante) ha sido suspendida de sus funciones ya que, al administrar medicación a dos pacientes, incumplió sus funciones por no esperar a la necesaria prescripción del médico de guardia. Esto lo ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la cual confima la sentencia de un juzgado de Alicante.

El juzgado de lo contencioso-administrativo número dos de Alicante desestimó un recurso interpuesto por la enfermera contra la resolución de la Consejería de Sanidad de Valencia de suspenderla de funciones durante dos años y un mes. El motivo fue suministrar sin prescripción facultativa un antitérmico a un paciente y suero fisiológico a otro que sufrió un fallo renal.

La enfermera reconoció haber administrado en diciembre de 2006 un antitérmico intravenoso al primer paciente, pero negó la administración de un suero fisiológico al segundo, quien padecía hiperpotasemia y sufrió un fallo renal. Por su parte, la Consejería estableció una sanción, “sin haber quedado acreditada su autoría” en el segundo caso e imputó una infracción “muy grave” por ambos sucesos.

El juzgado alicantino y el TSJCV sostienen que son varios los indicios que conducen a que la enfermera administró un suero fisiológico al segundo paciente. Asimismo, la sentencia recoge la nota del jefe de servicio que confirma que la profesional estaba de guardia ese día y en esa unidad. La propia enfermera declaró que “se encontraba sola en el turno de tarde”, reconoció la primera negligencia relativa al antitérmico administrado al primer paciente, confirmó el hecho de que “no intentase localizar al médico correspondiente” aunque afirmase que sí lo hizo, situación que aún no se ha demostrado y para la que hubiese sido suficiente con las llamadas registradas en el busca del facultativo o la declaración del mismo.

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