Sentencia a favor de una enfermera discriminada por ser madre

Lunes, 25 de febrero de 2013

por diariodicen.es

El Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid ha dictado una sentencia a favor de una enfermera que presentó una demanda contra el Hospital Moncloa de Madrid por un motivo de discriminación por razón de sexo. La profesional fue destituida de su cargo al incorporarse a la empresa tras su baja por maternidad.

En enero de 2012, la directora de enfermería se reincorporaba a su puesto de trabajo tras su baja maternal, momento en el cual el gerente del Hospital Moncloa le sugirió que “debía quedarse en su casa para atender a su hija”. En palabras del directivo, “a causa de su reciente maternidad, la enfermera no iba a poder rendir adecuadamente en su trabajo y por ello debía dimitir de la dirección de enfermería”.

El hospital comunicaba en febrero a esta profesional que habían decidido modificar sus condiciones laborales y que iba a ostentar un cargo diferente: el de directora de Gestión Asistencial de Pacientes. Este nuevo cargo, según explicó la enfermera al juez que instruía el caso, carecía de contenido. En su nuevo puesto, no tenía personal subordinado, mientras que en el antiguo dependían de ella cerca de 400 empleados.

En marzo de 2012, esta profesional sufrió una crisis de ansiedad y en abril de 2012 decidió denunciar la situación ante la Inspección de Trabajo por “considerar que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales”.

Se sanciona la arbitrariedad de la decisión

En agosto de 2012, la demanda fue admitida a trámite y ahora ha salido la sentencia. En la misma, José Pablo Aramendi, magistrado-juez del Juzgado de lo Social nº 33, expone que “el gerente obró movido por el prejuicio social de considerar que una madre por el hecho de serlo no puede compaginar tal situación con realizar adecuadamente una actividad profesional, en este caso sin duda relevante para el funcionamiento de la empresa. Y por este prejuicio la removió a otro puesto distinto que sí estimó que se concedía con su maternidad. En definitiva, se la discriminó por razón de sexo (…). El apartamiento de la actora del cargo de directora de enfermería se pretende justificar asignándole un puesto de nueva creación que no responde a necesidades organizativas razonables y ciertas sino que se ha creado con el propósito de vestir la medida discriminatoria”.

El fallo declara nula la decisión empresarial de destituir a la directora de enfermería y ordena al Hospital Moncloa “a cesar de forma inmediata en tal medida reponiéndola (…) en el citado puesto”. Por otra parte, esta sentencia condena al hospital a indemnizar a la enfermera por los daños sufridos.

Al ser el puesto ocupado con anterioridad a la maternidad un puesto de libre designación, esta situación da un margen de actuación a la empresa. No obstante, ese debe respetar los derechos fundamentales, como sucede en este caso, ya que entonces se habla de “arbitrariedad”, situación jurídicamente sancionable.

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