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Revista Matronas

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ENERO 2016 N° 1 Volumen 4

Echando la vista atrás... Cierre de las Escuelas de Matronas, 1987

Sección: Documento especial

Titulo:

Echando la vista atrás... Cierre de las Escuelas de Matronas, 1987

La primera escuela Oficial de Matronas de España se abrió en Madrid, en la conocida Clínica Santa Cristina en 1923, aunque la Real Orden que regulaba su establecimiento fue emitida el 10 de agosto de 1904. Desde esta fecha y hasta 1954 la carrera de matrona se mantuvo totalmente independiente de la de enfermería.

A partir de esta inauguración y de la orden de 1957 por la que se aprobaba el programa para las enseñanzas de especialización de asistencia obstétrica (matrona) para los ayudantes técnicos sanitarios femeninos,  se fueron creando escuelas en las diferentes provincias españolas. Así, entre 1957 y 1978, se autorizaron cronológicamente a las siguientes escuelas de ATS femeninos para impartir la especialidad de matrona (Tabla 1).

En torno al inicio de la década de 1980, confluían matronas con tres formaciones diferentes:

Título de Matrona obtenido antes de 1953, aproximadamente unas 2.500 profesionales y título de ATS con especialidad en asistencia obstétrica, obtenido después de 1953, aproximadamente unas 4.000 profesionales. Posteriormente, a partir de 1977, título de diplomado en Enfermería y especialización de 12 meses en Escuela de Matronas.

Por el Decreto Ley 4/12/53 se unificaron los estudios de practicantes, enfermeras y matronas creándose la carrera única de ATS, aunque las tres ramas colegiales funcionaran de forma independiente.

La Orden Ministerial de 1/4/77 suprimió los colegios profesionales de practicantes, enfermeras y matronas unificando las tres especialidades en un colegio único de ATS, orden que fue más tarde objeto de recurso contenciosos administrativo y que concluyó con la sentencia de la Audiencia Nacional de 13 de mayo de 1980, declarando la nulidad absoluta de la misma, aunque nunca se llegó a ejecutar.

El encuadre de la carrera de Matrona como especialidad de ATS y de diplomado en Enfermería posteriormente, fue una solución desafortunada al limitar a un solo ciclo de doce meses los estudios de matrona, tiempo insuficiente para impartir las enseñanzas necesarias.

Ante esta situación, era necesario adecuar el plan de estudios a las necesidades profesionales y sociales del momento en España y previendo que la incorporación a Europa exigiera adaptaciones de los estudios de matronas se plantea la necesidad de una carrera independiente con rango universitario. Con el apoyo de los dictámenes del comité de expertos de la OMS Nº331/66, Informe F.I.G.O e Informe ICM 1972, la Asociación Nacional de Matronas. (Consejo Nacional Provisional de Matronas) se adelantó en 1981 a lo que irremediablemente pasaría (el cierre), presentando un proyecto de creación de Escuelas Universitarias de Matronas a los respectivos ministerios interesados sin que el plan fuera atendido por los organismos competentes.

En octubre de 1986 finalizó una promoción de matronas en todas las escuelas del país, tras la incorporación de España a la Europa comunitaria.

En octubre de 1987 finalizó la última promoción de matronas, siendo su titulación, en aquel momento no homologada para circular libremente como profesional por Europa, solución que tuvo que negociar el Ministerio de Educación y Ciencia con la Comisión Europea.

En noviembre de1987 el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio de Sanidad y Consumo constituyen un grupo de trabajo para elaborar el proyecto de directrices generales de la especialidad de matrona. Este grupo se conformó con matronas representantes de los diferentes ámbitos profesionales y liderado por la Asociación Nacional de Matronas.

En la elaboración general del proyecto se tuvieron en cuenta las directrices generales de la CEE para el reconocimiento mutuo de diplomas de matronas que se halla regulado en el Boletín Oficial de la Comunidad 80/154, 80/155, 80/156 de 11 de febrero de 1980 y la Definición Internacional de Matrona de la ICM.

Este proyecto de especialidad para matronas se presentó públicamente en el Ministerio de Educación y Ciencia, en Madrid, en marzo de 1988. A esta reunión asistieron diferentes profesionales de matronas de toda España y docentes de enfermería. Presidió la reunión el director general de Universidades y el subdirector de Especialidades de la Salud, ambos pertenecientes al Ministerio de Educación y Ciencia y se contó también con la participación de la Sra. Mary Uprichard, matrona del Reino Unido y ponente del grupo de trabajo del Comité Asesor para la formación de matronas en la CEE

El citado proyecto fue enviado para su informe técnico a diferentes escuelas de enfermería de España y a matronas prominentes del país, las cuales remitieron su parecer al Ministerios de Educación y Ciencia.

En el último trimestre de 1988 se forma definitivamente el Comité Asesor de Especialidades de Enfermería. Por Real Decreto 992/1987, se regula la obtención del título de enfermero especialista y se crea el Consejo Nacional de Especialidades y las Comisiones Nacionales de la Especialidades (la de matrona presidida por Dña. Mª Ángeles Rodríguez Rozalén, presidenta de la Asociación Nacional de Matrona ) a las que se autoriza a elaborar, con carácter provisional, los programas de formación de cada especialidad así como a adoptar las medidas necesarias para su implantación.
A finales de1988 se vuelve a reunir el Grupo de Trabajo de la especialidad de Matrona al objeto de efectuar los cambios encomendados por el Comité Asesor de Especialidades de Enfermería en el diseño del anterior proyecto de especialidad.

En marzo de 1989 se dio por finalizado otro documento sobre la especialidad de matrona.
En todo este tiempo de reuniones, cartas y peticiones a los máximos dirigentes de los dos ministerios implicados por parte de las matronas, en cuya representación actuó la Asociación Nacional de Matronas, sobraron buenas palabras y faltó la intención de reanudar la formación de matronas hasta el extremo de la indignación de las mismas (Imagen 1).

Condena del Tribunal de Justicia de las Comunidades al Reino de España por no ajustar la formación de las matronas a la normativa

El 7 de noviembre de 1991 el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, condenó a los Ministerios de Sanidad y Consumo y Educación y Ciencia por incumplir la normativa europea sobre "el acceso a las actividades de matrona y el ejercicio de las mismas". Ante la falta de desarrollo del decreto sobre especialidades de enfermería, desde 1987, en España no se forma ninguna matrona.

Tras la adhesión de España a la Comunidad Europea, esta concedió, en 1986, a los ministerios de Sanidad y Educación dos años para adecuar la formación de sus matronas a la normativa europea. Cumplido ese plazo, en 1988, se cerraron las antiguas escuelas a la espera de desarrollar, por parte de los dos departamentos implicados, el Real Decreto de 1987 sobre especialidades de enfermería.

Entre éstas está incluida la de Enfermería Obstétrico-Ginecológica. Según la CE, la formación de las matronas debe tener una duración mínima de 18 meses, mientras que en España estaba situada en 12 meses. Esta situación ha generado una escasez de profesionales, que repercute negativamente en la calidad de la asistencia a las mujeres en edad fértil (Hemeroteca El País 14 /11/1991).

El abogado general Carl Otto Lenz en sus conclusiones del caso, afirma que el gobierno acusado (España) se ha mostrado poco colaborativo a lo largo del procedimiento pre-contencioso al no responder a la carta de emplazamiento que le envió la Comisión con fecha de 3/5/1988 ni al dictamen de 19 de abril de 1989.

Ante la evidencia de que podía ser condenado el Gobierno español presentó en Luxemburgo el 2 de julio de 1991 un Real Decreto que buscaba adaptarse a la situación comunitaria. No obstante, la desorganización y desconcierto de las autoridades españolas ha sido tal que el texto que presentaron tampoco se ajustaba a la directiva correspondiente de la CE.

La sentencia firmada por el presidente del tribunal, Sr. O´Due y ocho magistrados, fue la primera ocasión en que el Tribual de Justicia de Luxemburgo dictaba una sentencia condenatoria contra el Ministerio de Sanidad de un país comunitario (Hemeroteca ABC 15/11/91).

Reapertura de las Unidades Docentes de Matrona

Tras esta vergonzosa situación, el gobierno de España promulga la Orden de 1 de Junio de 1992 por la que se aprobó con carácter provisional el programa de formación y se establecieron los requisitos mínimos de las Unidades Docentes y el sistema de acceso a la obtención del título de enfermero-especialista en Enfermería Obstétrico Ginecológica (Matrona). A partir de 1993, con periodicidad anual se convocarían plazas para cursar la especialidad de Enfermería Obstétrico Ginecológica, iniciando los estudios la primera promoción en 1994.

Sin embargo, la provisionalidad de este programa de formación ha durado curiosa y sorprendentemente 17 años, hasta la promulgación de la Orden SAS/1349/2009, de 6 de mayo, en la que se aprobó definitivamente y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (matrona).

Anexo 1. Algunas de las noticias de prensa relativas al conflicto