Cuatro sentencias rechazan recursos contra la aplicación de la jornada de 37,5 horas

Viernes, 26 de abril de 2013

por diariodicen.es

Cuatro sentencias de un Juzgado de Córdoba han rechazado los recursos planteados por el Colegio de Médicos de Córdoba y el Sindicato de Enfermería SATSE Córdoba, contra la comunicación del Servicio Andaluz de Salud que trasladaba a los centros sanitarios las instrucciones sobre cómo aplicar el incremento de jornada a 37,5 horas.

Cuatro sentencias del Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Córdoba han rechazado los recursos planteados por el Colegio de Médicos de Córdoba y el Sindicato de Enfermería SATSE Córdoba, contra la comunicación administrativa del Servicio Andaluz de Salud (SAS), por la que se trasladaba a los centros sanitarios las instrucciones sobre cómo aplicar el incremento de jornada a 37,5 horas.

El dictamen judicial considera que uno de estos recursos, en este caso dirigido al Hospital Reina Sofía de Córdoba, “no supone un acto administrativo que imponga alguna carga de forma individualizada que afecte al desarrollo de la actividad laboral del servidor público y, por tanto, no es objeto de recurso jurisdiccional”.

De la misma forma, la sentencia ha recordado que la comunicación del SAS contiene directrices sobre aplicación del Decreto Ley 1/2012 del Gobierno central, por las que se fija la jornada semanal en 37,5 horas y no la imposición de dicha jornada a los profesionales. Asimismo, recogía que “no se podrá completar la jornada entrando o saliendo media hora antes del turno habitual y cómo cumplir la jornada en función de los distintos turnos”.

Estas sentencias son las primeras que se producen sobre este tema y coinciden en que “las instrucciones que dirijan los órganos de la Administración a los órgano inferiores, sobre la aplicación y ejecución de normas relativas al ejercicio y desempeño de la función pública, no constituyen ni disposiciones generales ni de actos administrativos en sentido estricto, en cuanto no se generan consecuencias jurídicas concretas e individualizadas, pues no imponen carga o deber que pueda exigirse directamente y de forma individualizada”.

A través de este dictamen, el juzgado rechaza el recurso contencioso-administrativo realizado por el SATSE y por el Colegio de Médicos de Córdoba contra la instrucción del SAS y, en el caso del Colegio, le condena además a al pago de las costas del proceso.

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