La RAE cambia la definición de `doula´ tras la denuncia de las enfermeras

Miércoles, 13 de diciembre de 2023

por diariodicen.es

Definición errónea de `doula´

Hace unos días las enfermeras compartían su enfado y comenzaban una campaña después de que la Real Academia Española (RAE) definiera `doula´ como “una persona capacitada para prestar asistencia durante el embarazo”. Las enfermeras criticaban esta actualización y pedían urgentemente a la RAE que cambiara la definición ya que era “completamente erróneo porque las doulas no son profesionales sanitarias.

La RAE cambia la definición de doula

Tras la polémica y la petición de cambio a través de una carta, la RAE ha cambiado la definición especificando que `doula´ es “una persona, generalmente mujer, que presta orientación y apoyo físico y emocional a otra persona en algunos momentos de su vida, especialmente a una mujer durante el embarazo, el parto y el posparto. En algunos países de América es una profesión reglada”. No solo eso, también han modificado sus sinónimos a “partero” o “comadre”.

Desde el Consejo General de Enfermería compartían su enfado y crítica a la definición y es que, como explicaba Florentino Pérez Raya, presidente de las 330.000 enfermeras españolas, “esta definición y sus sinónimos no pueden estar más alejados de realidad pues desconocen un elemento esencial: las doulas carecen de formación reglada, ni acreditada y no tienen adquiridas las competencias necesarias para ejercer como profesionales sanitarios. Por ello, no están capacitadas para prestar ningún tipo de asistencia ni orientación a una mujer durante el embarazo, parto y postparto. Del mismo modo, tampoco pueden equipararse ni considerarse afines a las matronas”.

Así, en la misiva enviada a la RAE recordaban que una matrona es una enfermera especialista en obstetricia y ginecología cuyas competencias y ámbito de actuación están regulados por directivas europeas, que exigen 6 años de formación. De hecho, el presidente de las enfermeras españolas advertía de que “la profesión de doula no existe en nuestro país. Una doula no tiene formación sanitaria oficial ni en psicología, ni en obstetricia, ni en nutrición, ni en farmacología, ni en tantas otras materias y, a pesar de ello, pretende arrogarse funciones de profesionales sanitarias con una formación académica teórico-práctica de seis años, como tienen las matronas”.

De hecho, como añadía Montse Angulo, vocal matrona del CGE, “la intervención en el embarazo, parto o posparto de personas sin formación cualificada representa un peligro para la madre o el recién nacido”.

Cambio en la RAE

Desde el Consejo explicaban que en los últimos años se están produciendo por parte de esta figura de las “doulas” una intromisión en ese ámbito competencial, hasta el punto de estar asistiendo a las mujeres al margen de toda la normativa vigente. Por ello, “la definición que ahora contempla el Diccionario de la Lengua Española, además de no ser conforme a la realidad normativa, puede contribuir a generar confusión e inseguridad en la población y en la sociedad, tratando de asimilar a las “doulas” con un personal titulado, preparado, competente y cualificado para llevar a cabo las funciones que tienen reconocidas para atender a la mujer gestante, como son las matronas”, incidía Pérez Raya.

Por todo ello, el CGE ha pedido a la RAE que elimine de la definición de doula “cualquier referencia a la asistencia y orientación a la mujer durante el embarazo, el parto y el posparto, así como los sinónimos de “partera, matrona, madrona o comadrona”.

Para el presidente del CGE, “aunque estamos satisfechos con el cambio y con la celeridad en la modificación, todavía no es suficiente, pues la acepción de matrona sigue incluyendo como sinónimo o afín la palabra doula y como ya hemos reiterado no es algo que se corresponda con la realidad”, subrayaba Pérez Raya. Por ello, han anunciado que seguirán trabajando para que la RAE también modifique los sinónimos de “matrona”.

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