Sentencia contra la vulneración del libre derecho de prescripción de los Facultativos de Sanidad Penitenciaria

Viernes, 8 de julio de 2016

por diariodicen.es

El pasado 28/03/2016 en La Sala de lo Contencioso‐Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, en su sentencia n. 696/2016, puso fin a la arbitrariedad tantas veces denunciada por la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria por la que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias vulneraba el libre derecho de prescripción de los Facultativos de Sanidad Penitenciaria.

Desde que la Instrucción 13/2011, de Prescripción Adquisición, Dispensación y Sustitución de los Productos Farmacéuticos, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias fue una realidad, la Sociedad a través de su presidente solicitó a la Subdirección General de Coordinación de Sanidad Penitenciara la suspensión de la citada Instrucción en base a la opinión de expertos en la materia, como la Organización Médica Colegial, siendo reiteradamente contestados con una contundente negativa por parte del Subdirector General de Coordinación de Sanidad Penitenciaria, D. José Manuel Arroyo Cobo, responsable de su implementación.

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Durante los años de su vigencia, la Instrucción 13/2011, ha vulnerado, tanto el derecho de libre prescripción de fármacos como el principio de equidad en la prestación farmacología a las personas privadas de libertad.

Tras esta Sentencia del pasado 28/03/2016 por el Tribunal Supremo, la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria solicita la dimisión inmediata del Sr. José Manuel Arroyo Cobo y de aquellos cargos de la Secretaría General de Sanidad Penitenciaria inductores de una política de Sanidad Penitenciaria que vulnera claramente la legislación vigente.

Organización Médica Colegial, Sanidad Penitenciaria, Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria, Tribunal Supremo

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