La Asociación Española de Matronas elabora unas alegaciones para que el Decreto de Prescripción Enfermera se derogue

Jueves, 7 de abril de 2016

por diariodicen.es

Rosa María PlataDesde que en el pasado mes de diciembre se aprobara el conocido como “Real Decreto de prescripción enfermera”, este colectivo profesional no ha cejado en el intento de su derogación o modificación. Rosa María Plata Quintanilla, presidenta de la Asociación Española de Matronas, nos habla de la posición de este colectivo profesional y de las acciones que están realizando al respecto.

Pregunta. Es ineludible preguntarle por el Real Decreto de prescripción enfermera. Como presidenta de la Asociación Española de Matronas, ¿qué posición tiene su colectivo ante la aprobación?

Respuesta. Las matronas, ante la publicación del texto definitivo del RD 954/2015, hemos pasado del estupor a la más grande indignación y como cabe esperar, nuestro colectivo manifiesta su más profundo rechazo a este decreto, es una situación de “alegalidad” creada y mantenida a sabiendas por la desidia de los responsables políticos a lo largo de décadas, pero con la seguridad, a la vista de la evidencia, de que los enfermeros efectuaban sin tacha la labor de prescripción. Ha nacido, “tras una desastrosa y especialmente larga gestación” (recordemos que se inició en el 2006), un decreto que no solo atenta contra la dignidad profesional de la Enfermería, sino contra la eficiencia y eficacia de la atención sanitaria en España, y en concreto en lo que atañe al colectivo de matronas, para menoscabo de la atención a la salud sexual y reproductiva de las mujeres españolas.

Este decreto, de rango inferior, choca frontalmente con el enunciado de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones, que dice textualmente: “El ejercicio de las profesiones sanitarias (entre las cuales está la Enfermería y, por tanto, las matronas como especialistas) se llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica, sin más limitaciones que las establecidas en esta ley y por los demás principios y valores contenidos en el ordenamiento jurídico y deontológico”.

La Asociación Española de Matronas, como asociación científica representante de las matronas, no ha sido convocada a la Mesa de Prescripción. Simplemente fue requerida en 2006 para hacer alegaciones al borrador del primer decreto que, como corresponde se hicieron llegar al Ministerio de Sanidad, alegaciones que a la vista del resultado no se tuvieron en cuenta y de ahí que a día de hoy, y tras nueve infructuosos años de espera, sigamos reclamando lo que creemos que es un derecho para la profesión: el reconocimiento de que las matronas (y enfermeros) desempeñamos una labor específica y relevante con cada usuaria (o paciente), labor complementaria pero independiente de la ejercida por el facultativo médico, que debería ser reconocida en este decreto.

P. ¿Qué supone, en la práctica diaria como matrona, la prohibición de prescribir medicamentos? ¿Qué consecuencias podría llegar a tener?

R. Permítame hacer una matización a esta pregunta porque las matronas (y los enfermeros) no queremos tener el poder de prescribir toda la farmacopea disponible del mercado, sino solo y exclusivamente aquellos fármacos y productos sanitarios imprescindibles para desempeñar con eficacia nuestra labor profesional, los que conocemos a la perfección por nuestra formación en Farmacología clínica en general y aplicada a nuestra especialidad en concreto en el caso de las/os especialistas en asistencia obstétrico- ginecológica (matrona/matrón) y cuya prescripción, indicación y uso hemos venido realizando con seguridad, eficacia y responsabilidad en todos los años precedentes.

El cumplimiento estricto de la ley para salvaguarda de los profesionales sanitarios, evitando incurrir en el delito punible de intrusismo en atención a la redacción del decreto, supone que todas aquellas acciones de prescripción y uso de medicamentos que tanto las matronas como los enfermeros generalistas hacían de forma directa y autónoma, a partir del 24 de diciembre fecha de la publicación del RD, previamente tendrán que contar con la valoración, diagnóstico y prescripción del facultativo médico de forma individualizada y nominativa para cada usuaria/paciente, especificando claramente el acto enfermero objeto de intervención. Esto se traduce en un retardo que paciente y/o usuaria sufrirá en su atención y en una sobrecarga inusual de trabajo que los facultativos médicos tendrán de asumir dada la potestad que les ha conferido este decreto, hecho sin justicia y sin sentido común.

Cabe destacar que algunos consejeros de sanidad autonómicos, como el de Madrid, han instado a los profesionales de Enfermería a que “ignoren” el Real Decreto de prescripción y continúen ejerciendo como anteriormente, bajo la promesa de su tutela y responsabilidad, para evitar que los problemas que se están generando comprometan el sistema de salud que dirige.

P. ¿De qué manera han manifestado su disconformidad con el mismo? ¿Han emprendido algún tipo de acciones?

R. Obviamente había que elaborar un dosier de alegaciones que se publicitará a través de los medios y principalmente entre las colegas matronas para que supieran que la AEM no solo comparte su frustración, sino que sigue en marcha buscando las vías para que este decreto se derogue (modifique), particularmente en lo que atañe al colectivo de matronas. Esta acción informativa no tendría consecuencias si no se dirigiera a los organismos competentes, por ello tras un exhaustivo informe que pone de manifiesto el engaño manifiesto vertido en este decreto en cuanto a la formación de las matronas (y enfermeros) en Farmacología clínica, anuncia todos los problemas que creerá y el agravio comparativo que se establece con el resto de matronas europeas, todas bajo las mismas directrices comunitarias.

Este dosier ha sido enviado al Ministerio de Sanidad, a la Mesa Interterritorial (ya son muchos los gobiernos autonómicos que han anunciado y emprendido acciones judiciales en el orden Contencioso Administrativo, entre ellas la suspensión cautelar, contra el Real Decreto 954/2015), a todos los defensores autonómicos del pueblo, al Defensor del Pueblo Español y al Defensor del Pueblo Europeo, en un intento de que este decreto que vulnera el derecho a la protección de la salud de la ciudadanía, y las competencias profesionales de las matronas (y enfermeros) sea modificado .

P. Sin embargo, los podólogos sí han conseguido que se mantenga su potestad de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios. ¿A qué cree que se debe? ¿Tienen las matronas menor formación farmacológica que este colectivo profesional?

R. En el borrador del RD de 2006 los podólogos no estaban incluidos como personal sanitario autorizado para la prescripción, sorprendentemente en el del 2009 sí y en el definitivo también. Esta inclusión nos parece una maniobra que solo responde a intereses particulares, solo hay que pensar que estos profesionales podólogos que ejercen de forma libre fuera de las instituciones sanitarias y de equipos multidisciplinares en los que se incluyan médicos, se verían incapaces de ejercer muchas de sus competencias si no estuvieran autorizados a prescribir determinados medicamentos necesarios en sus intervenciones.

La formación en Farmacología de los podólogos es sensiblemente inferior (9 créditos) a la de los enfermeros (14 créditos) y muy por encima está la de las matronas que suman a la formación de Enfermería, la formación Farmacológica específica en su área (16 créditos). De ello se infiere que no ha sido la formación la que nos ha colocado a matronas y enfermeros en la situación actual, sino una red de intereses tras la que se esconde un trasfondo político y económico más que de seguridad pública.

Al colmo de la manipulación y la bajeza de quienes han firmado este decreto, se ha llegado en estos días cuando se ha hecho público el informe elaborado por de la Agencia Española del Medicamento y Productos sanitarios AEMPS, que la Mesa de Prescripción ha ignorado y en el que textualmente se leía: “Los enfermeros están habilitados para utilizar de forma autónoma los productos sanitarios relacionados con su ejercicio profesional, en los que han obtenido una cualificación en virtud de su formación general o especializada y en los que poseen un adiestramiento en su uso en virtud de su formación práctica, cursos especializados o experiencia profesional. No parece, por tanto, que tengan que superar un proceso adicional de acreditación para el uso de estos productos”. Entendemos que si la consulta hubiera sido acerca de los medicamentos relacionados con el ejercicio profesional exclusivamente, la respuesta hubiera tenido que ser similar por parte de esta agencia estatal adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, responsable de garantizar a la sociedad, desde la perspectiva de servicio público, la calidad, seguridad, eficacia y correcta información de los medicamentos y productos sanitarios.

P. Además de las acciones desarrolladas para la suspensión del RD, ¿qué otros objetivos tienen en su asociación a corto plazo?

R. La Asociación Española de Matronas, decana de las asociaciones de matronas de España (1978) y con presencia en todo el territorio nacional, continúa desarrollando su labor de formación continuada a través de su publicación científica Matronas Hoy (http://www.enfermeria21.com/revistas/matronas), de cursos, seminarios y congresos nacionales. Velar porque la formación de las matronas siga manteniendo los niveles de excelencia que ha convertido a los profesionales de este país en referentes en el ámbito mundial en la práctica de atención a la salud sexual y reproductiva, para que las mujeres españolas disfruten de una atención de salud eficiente y equitativa.

El reto por el que las matronas vienen luchando desde 1977, y que a pesar de estar proyectado sobre papel desde 2005 habrá de esperar aún, es conseguir la independencia de las matronas de la Enfermería. Creemos que la idiosincrasia de la profesión, nuestros antecedentes profesionales como profesión de acceso directo y el panorama mundial en el que la inmensa mayoría de las matronas solo comparten conocimientos básicos de Medicina y se forman fuera de la Enfermería, son puntales que nos abocan a tomar este rumbo, tanto más cuanto que nuestra representación en el colectivo enfermero al ser minoritaria (entre 3-4% del conjunto enfermero) juzgamos que ha sido perjudicial para el desarrollo, autonomía y defensa de nuestro colectivo profesional, sin ir más lejos, una vez más lo afirmamos a la vista de la resolución de este decreto que hoy sometemos a juicio.

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