La Justicia reconoce como laborales los accidentes sufridos durante el periodo de descanso

Viernes, 23 de junio de 2017

por diariodicen.es

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera accidente laboral el sufrido por una trabajadora durante su descanso, concedido dentro de su jornada, de 15 minutos para tomar café. El hecho se produjo cuando esta empleada cayó al suelo y se golpeó el codo izquierdo. 

Al haberse producido dicho receso durante las horas laborales de esta trabajadora, el organismo jurídico lo incluye en dicha consideración, y, al estar dentro de la jornada, para la Justicia es equivalente a si se hubiera producido dentro del centro de trabajo, según criterios de la Ley General de la Seguridad Social.

Para este caso, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha basado su argumentación en el concepto de ocasionalidad relevante. Esta teoría contempla dos posibilidades, las condiciones negativas, las causas que son ajenas al trabajo, y las positivas, las circunstancias sine qua non el suceso no se habría desarrollado; es decir,  la ocasionalidad relevante es un concepto legal que explica que el accidente tuviera lugar durante la jornada laboral es una condición imprescindible para que este, de hecho, se produjera.

Prevención de riesgos laborales

Casos como este nos recuerdan que la formación enfermera en el ámbito del trabajo es imprescindible para los trabajadores de enfermería de toda España. Ampliar conocimientos en un aspecto determinado de la profesión es fundamental para el desempeño laboral e incide de forma directa en la calidad de los cuidados que reciben los pacientes.

Por ello, AulaDAE, espacio de formación enfermera que cuenta con el aval del Ministerio de Sanidad, pone a disposición de los enfermeros el curso Actualización en enfermería de salud laboral, de José Luis Zancajo Castañares, inspector médico del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, acreditado con 7,7 créditos CFC y equivalente a 110 horas lectivas.

accidente laboral, descanso, jornada laboral, Tribunal Superior de Justicia del País Vasco

¿Quieres comentar la noticia?

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

*
*