Madrid reduce a un mes el periodo para la vacunación en personas con COVID-19

Lunes, 23 de agosto de 2021

por diariodicen.es

La Comunidad de Madrid ha anunciado la reducción a un mes del periodo de vacunación para las personas menores de 65 años con un diagnóstico por COVID-19, reduciendo los seis meses que estipula la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España, que la postergaba a dicha fecha desde el comienzo de los síntomas o el diagnóstico. De acuerdo con los datos ofrecidos por el Gobierno de la autonomía en un comunicado, se calcula que esta medida repercutirá a 120.000 personas.

El anuncio lo realizaron Antonio Zapatero, viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, y Elena Andradas, directora general de Salud Pública, durante la comparecencia de actualización de la situación epidemiológica y asistencial de la autonomía.

De este modo, el protocolo establecido por la Consejería de Sanidad, mediante la Dirección General de Salud Pública, establece que el intervalo de tiempo para la vacunación en personas mejores de 65 años con antecedente de infección por COVID-19 disminuye, como se ha dicho, de seis meses a uno. Asimismo, quedan estipulados dos supuestos según el momento de dicha infección, explican en la citada nota informativa.

En este sentido, la recomendación actual en la comunidad indica que la población de este colectivo que tenga diagnóstico antes de haber sido vacunada reciba solo una dosis, que le será administrada una vez transcurrido un mes desde el inicio de síntomas o el diagnóstico, y en el caso de que su estado clínico lo permita; en este caso, se considera, así, la pauta completa. Por otra parte, si el positivo se produjera una vez se ha recibido la primera dosis, la administración de la segunda se llevará a cabo, de la misma forma, una vez pasado un mes y en las mismas circunstancias.

Este protocolo, destacan desde el Ejecutivo de la Comunidad de Madrid, incluye también que, en caso de que se diera alguna situación excepcional, por ejemplo, un viaje por motivos laborales, de formación o cooperación internacional a un país que precisara el certificado de vacunación, se podrá realizar la misma por debajo del periodo de un mes, siempre y cuando hubiera concluido el periodo de aislamiento y el estado clínico lo permitiera.

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