Creada la Academia de Enfermería de la Comunidad Valenciana

Jueves, 28 de junio de 2018

por diariodicen.es

El decreto de creación de la Academia de Enfermería de la Comunidad Valenciana ha sido publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de la región (DOGV). Esta entidad se ha constituido como institución de carácter científico, cultural y de trabajo como espacio de análisis y debate sobre la profesión.

El principal objetivo que se persigue con la puesta en marcha de la academia, según lo expuesto en el citado documento oficial, es generar y transmitir conocimientos sobre la enfermería, y de cualquiera de sus ámbitos y especialidades, a través del estudio, la investigación y la difusión y la promoción, además de promover la práctica enfermera en beneficio de la población.

En la citada edición del DOGV se estipulan, asimismo, las funciones que tendrá esta entidad, que pasan, principalmente, por constituir un organismo consultivo y asesor de las administraciones públicas en su ámbito, cooperar con estas instituciones en proyectos y convenios de interés para la enfermería de la región, así como con colegios profesionales, universidades u otras entidades, para fomentar el desarrollo de las ciencias de la salud o incrementar el patrimonio propio, con fuentes documentales u otro material, que garantice el legado cultural de la enfermería valenciana y española.

En este sentido, el diario especifica que las competencias de la Academia de Enfermería hacen referencia a la elaboración de una regulación propia, elegir a sus miembros directivos según lo estipulado en las directrices del decreto de creación o la administración del patrimonio y demás bienes de los que disponga para cumplir sus finalidades, entre otras.

Así, esta entidad estará compuesta por un total de 50 académicos de número y otros tantos correspondientes, además de los miembros de honor que puedan designarse; este número podrá ampliarse mediante un acuerdo de mayoría absoluta del pleno de la institución, sin necesidad de una reforma estatuaria. Todas las especificaciones sobre la orden de puesta en marcha de la institución se encuentran disponibles en la mencionada edición del DOGV, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace.

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