El TSJM anula el examen de una opositora a enfermera a la que obligaron a realizar la prueba estando a punto de dar a luz

Viernes, 16 de junio de 2017

por diariodicen.es

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) da la razón a una opositora de enfermería al solicitar esta la nulidad de su examen, al que se la obligó a acudir pese a estar ingresada en el hospital a punto de dar a luz, con la epidural y el tratamiento de oxitocina administrados y con 8 centímetros de dilatación. 

La prueba, realizada el 4 de octubre de 2014, correspondía con la convocatoria para el acceso a las plazas de personal estatuario fijo en la categoría de diplomado sanitario del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).

Al encontrarse en la situación de verse excluida de dicho proceso de selección en caso de ausentarse del examen, la opositora decidió interrumpir su tratamiento y realizar la prueba. Una vez finalizada, presentó un escrito ante el SERMAS solicitando la nulidad de su evaluación.

Ante el silencio administrativo que obtuvo del sistema sanitario madrileño, esta enfermera decidió presentar un recurso ante un tribunal de primera instancia, que le dio la razón, argumentando que el SERMAS había obviado los derechos recogidos en los artículos 14, 15 y 23 de la Constitución.

Ahora, el TSJM ratifica la sentencia del primer organismo jurídico y desestima el recurso interpuesto por el Servicio Madrileño de Salud, dando, de esta forma, de nuevo la razón a esta enfermera, esgrimiendo las razones de que un parto no es una enfermedad grave, sino la conclusión de un proceso natural, y, por lo tanto, el Tribunal Examinador debió haber hallado la forma de que la prueba pudiera haberse realizado en las mejores condiciones, como mediante un aplazamiento de la misma, atendiendo a la prohibición de la discriminación por razón de maternidad que recoge la Ley de Igualdad.

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