Luz verde al anteproyecto de ley sobre la obligatoriedad de colegiación de los profesionales de la salud

Miércoles, 4 de septiembre de 2013

por diariodicen.es

© Silvia Lozano

El Consejo de Ministros inicia los trámites para aprobar el anteproyecto de ley de servicios y colegios profesionales, a la vez que se desarrollarán principios de transparencia y buen gobierno en dichos colegios, además del libre acceso y ejercicio de los servicios profesionales, ya que las restricciones de acceso sólo podrán ser exigidas por ley.

De esta manera, coexistirán colegios de pertenencia voluntaria y obligatoria, como es el caso de los sanitarios. Estos últimos habilitarán para el ejercicio de una profesión o de ciertas actividades profesionales.

Los colegios profesionales sólo podrán crearse mediante ley, a petición de los profesionales titulados y mediante el acompañamiento de una memoria justificativa, explicando las razones que impiden su integración en uno ya existente y el número de profesionales en ejercicio.

Según el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, la valoración de este primer borrador “es positiva porque el anteproyecto apuesta por la modernización de los colegios profesionales como órganos reguladores de sus profesiones y su adaptación a la realidad europea, algo que el sector venía demandando desde hace muchos años. Además, no olvidemos, se trata de un anteproyecto de Ley y por tanto a partir de ahora cabe la posibilidad de mejorarlo y reforzarlo en los trámites parlamentarios pertinentes”.

Por otra parte, el anteproyecto refuerza la independencia colegial mediante la incompatibilidad de ostentar el cargo de presidente, decano, miembro de la junta de gobierno, o directivo con ser cargo político electo en cualquiera de las administraciones o titular de un órgano directivo en cualquier administración pública.

Tampoco podrán compatibilizarse estos cargos en los colegios con otros puestos directivos en partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales o en entidades de seguro o mutualidades de previsión social. Asimismo, los familiares directos de los cargos directivos de una corporación colegial no podrán ser contratados laboral o mercantilmente por la misma.

Se garantiza también la transparencia mediante la presentación y publicidad de cuentas de los colegios, así como la obligatoriedad de auditoría para los colegios de pertenencia obligatoria.

En el caso de los Consejos Generales, al establecer que en la participación de los colegios en la elección de sus órganos directivos se tendrá en cuenta el número de colegiados de cada uno de ellos.

Entre las novedades del anteproyecto, destaca que los colegios profesionales obligatorios se convertirán en entidades de certificación de profesionales acreditadas por la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) para garantizar su independencia.

En relación al régimen económico de los colegios, así como la cuota colegial, el anteproyecto de ley establece una separación entre los servicios obligatorios y los voluntarios. Los primeros deberán ofertar un régimen de cuotas obligatorias bonificado para los profesionales en desempleo.

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