Se aprueba el Real Decreto que regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios

Miércoles, 30 de julio de 2014

por diariodicen.es

Pocos días antes de que el Consejo de Ministros cierre sus puertas por vacaciones, una nueva proposición de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, ha dado luz verde a la aprobación del Real Decreto que regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios. Este instrumento, recogido en el Real Decreto-Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), se ha fijado como meta planificar las necesidades de profesionales sanitarios titulados, así como coordinar las políticas de Recursos Humanos en la sanidad pública.

A pesar de que se ha dado el visto bueno a la nueva propuesta de la ministra, no será hasta bien entrado el 2015 cuando se ponga en marcha, puesto que antes se debe terminar de regularizar todo lo que conlleva a su funcionamiento y organización.

Podrán incluirse en el registro enfermeros, médicos, farmacéuticos, dentistas, veterinarios, fisioterapeutas, podólogos, ópticos y otras profesiones del área de la sanidad, aunque hacerlo no es obligatorio ni necesario para ejercer una profesión de este tipo.

Actualmente, España cuenta con 246.000 enfermeros trabajadores en activo,    que son los que podrían integrarse en el registro sin ningún problema. Además, una de las ventajas que estos profesionales podrán obtener será que en cualquier momento podrán tener acceso a sus datos, además de poder ejercer los derechos de rectificación, cancelación y modificación en cualquier momento.

El registro se implementará en soporte digital y se facilitará su consulta por medios electrónicos. Entre los datos que se incorporarán, cabe destacar: Nombre y apellidos; DNI o Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE); Titulación; Especialidad o Categoría profesional. De todos ellos, tendrán carácter público el nombre, la titulación, la especialidad, el lugar de ejercicio, la categoría y función, así como los diplomas de acreditación y de acreditación avanzada.

Fuente: Consejo General de Enfermería

 

Consejo de Ministros, Ministerio de Sanidad, Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, Servicios Sociales e Igualdad

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