Segunda sentencia de obligatoriedad de colegiación en Andalucía

Lunes, 1 de abril de 2013

por diariodicen.es

El Tribunal Constitucional (TC) ha ratificado a de 14 de marzo la sentencia que declara la inconstitucionalidad de la Ley del Parlamento de Andalucía 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía. Mediante este fallo, el TC anula las dos leyes andaluzas que permitían la libre colegiación de los profesionales en el sector público, por lo que el TC ratifica la obligatoriedad de la colegiación en Andalucía.

Esta nueva sentencia es similar a la emitida el 17 de enero sobre la Ley andaluza 15/2001, en la que el Constitucional aclaró que “solo puede establecerse por normativa estatal la regulación de la colegiación de los profesionales, de tal manera que ninguna Comunidad Autónoma tiene competencias para regular la obligatoriedad de la colegiación ni para eximir de la misma a los profesionales del sector público”.

Asimismo, el TC sigue afirmando en esta última sentencia que las instituciones colegiales, así como sus profesionales, tienen la legitimidad de ordenación de cada profesión, no siendo competentes en el control deontológico y ético las Comunidades Autónomas.

Según el TC, la colegiación obligatoria prevalece sobre una mínima parte del derecho de asociación que todos los españoles tienen y así lo inidca en el fallo del 14 de marzo: “[…] la libertad de asociación para aquellos profesionales que, para poder hacer efectivo el derecho a la libertad de elección y ejercicio profesional, se ven obligados a colegiarse y, por tanto, a formar parte de una entidad corporativa asumiendo los derechos y deberes que se imponen a sus miembros y a no abandonarla en tanto en cuanto sigan ejerciendo la profesión”.

Todo esto significa que, a partir de este momento, todos los profesionales que trabajan en el ámbito público o privado tienen que estar “obligatoriamente” colegiados para poder trabajar.

El Consejo Andaluz de Enfermería (CAE) ha declarado estar “totalmente de acuerdo” con esta segunda sentencia del TC, que apoya la postura mantenida durante los últimos once años en torno a ambas leyes, cuando los profesionales solicitaban la baja colegial. Para el CAE, la colegiación profesional debe regularse por Ley estatal, motivo por el que denegó todas las peticiones de baja. “Ahora el TC nos ha dado doblemente la razón”.

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Una respuesta a “Segunda sentencia de obligatoriedad de colegiación en Andalucía”

  1. A partir de la Sentencia sobre la obligatoriedad de colegiacion en Andalucía, me pueden pedir las cuotas de 10 años atrás.
    Gracias.

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