Un curso formará a técnicos en funciones propias de los enfermeros

Martes, 4 de junio de 2013

por diariodicen.es

El Colegio de Enfermería de Alicante ha solicitado la suspensión de un curso de venopunción y administración de contrastes organizado por la Federación Sindical de Técnicos Superiores Sanitarios (FESITESS) y que está previsto que se celebre a principios de junio en un centro municipal de Alicante. Dicho curso cuenta con una acreditación de 5,7 créditos por parte de la Comisión de Formación Continuada de la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento.

La petición de anulación del curso viene propiciada por el hecho de que dicha actividad formativa incluye en su programa solamente funciones propias de los titulados en Enfermería, como la preparación del paciente en la fase de preextracción, la obtención de  sangre venosa, arterial y capilar, y el uso de contrastes. Estos cuidados y procedimientos, según la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), son competencia exclusiva del Diplomado o Grado en Enfermería, y diferentes fallos judiciales, como el Tribunal Supremo, ya han confirmado y ratificado previamente.

Por este motivo, se ha puesto en conocimiento de FESITESS la obligación de acatar las sentencias y la normativa que sólo capacitan a los enfermeros para realizar dichas funciones, explicando que un curso de este tipo no puede ir dirigido  a personal sin las competencias y conocimientos profesionales requeridos legalmente para realizar las citadas técnicas. Asimismo, se les advierte de esto por la posibilidad de fraude para los supuestos destinatarios “atentando a su buena fe”.

Desde el Colegio se ha puesto en conocimiento de la Concejalía de Sanidad que el desarrollo del curso en los locales municipales podía suponer una trasgresión de la legalidad vigente y un incumplimiento de las decisiones judiciales que existen en la actualidad. Por otra parte, la institución colegial ha remitido un escrito al Ministerio de Sanidad para que investigue si existe la citada acreditación de la Comisión de Formación Continuada de la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento y si la misma coincide con lo solicitado al comunicarse el programa que se pretendía impartir para. Una vez que se concreten estos datos, el Colegio adoptará las medidas oportunas si ha existido extralimitación en la organización del citado curso.

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