Cuatro años de cárcel pueden costarle a un médico valenciano haber accedido sin motivo alguno al historial clínico de su exmujer, excuñada y exsuegros, a pesar de que ellos no eran sus pacientes.
Inicialmente el juzgado de instrucción número 4 de Sagunto archivó la denuncia. No obstante, la Audiencia Provincial ha estimado el recurso de los afectados. Ahora el facultativo se expone a una posible pena de cuatro años de cárcel por haber cometido este acto sin motivo profesional alguno.
Todo comenzó cuando los familiares empezaron a sospechar después de algunos comentarios del médico en las entregas y recogidas del hijo en común. Por este motivo, los afectados dirigieron un escrito a la Conselleria de Sanidad para conocer la identidad de los facultativos o personas relacionadas con la Conselleria que hubieran podido acceder a su historial desde 2010 a 2012.
Los familiares no recibieron contestación hasta que decidieron dirigirse al Defensor del Pueblo, quien desbloqueó esta situación. Sanidad facilitó a los denunciantes la información requerida, en el listado de todas las personas que habían accedido a su historial se encontraba el facultativo denunciado, quien reconoció su acción.
Legalmente el derecho de acceso al historial clínico lo tienen los profesionales que hayan participado en el diagnóstico o tratamiento del paciente como instrumento fundamental para su adecuada asistencia.