Se interpondrá una reclamación por las consecuencias de la normativa andaluza de colegiación

Jueves, 27 de marzo de 2014

por retrazos

La Junta de Andalucía aprobó por ley la exención de colegiación para aquellos profesionales que trabajaban en exclusiva para el sector público. Los Colegios de Enfermería andaluces y el Consejo Andaluz de Enfermería (CAE) han defendido siempre la inconstitucionalidad de dicha norma, hasta que el Tribunal Constitucional lo ha corroborado en dos ocasiones.

 

Durante el Pleno del CAE, se analizó si la reclamación por el impago de cuotas, ante la nulidad de la norma andaluza, habría que realizarla a los profesionales o a la Junta. Tras valorarlo, los presidentes de los Colegios de Enfermería señalaron que los profesionales “no son los culpables de que haya existido una ley inconstitucional, sino que es responsabilidad de la Administración que la aprobó y es a ella a quien hay que reclamarle que se restituyan los daños y perjuicios causados”.

 

Por este motivo, los Colegios reclamarán que se subsane “el perjuicio que esta actuación le ha causado y le está causando al colectivo enfermero”, tal y como se dispone en el artículo 139.3 de la Ley 30/1992 (LRJ-PAC), que recoge que “las Administraciones Públicas indemnizarán a los perjudicados por la aplicación de actos legislativos que estos no tengan el deber jurídico de soportar”.

 

El presidente del CAE, Florentino Pérez, indica que “se trata pues, de una responsabilidad patrimonial que corresponde únicamente a la Junta de Andalucía y a su Consejería de Salud, que continúan sin respetar el dictamen de nulidad de la normativa de colegiación andaluza que emitió el Constitucional, acarreando con esta sinrazón graves efectos económicos para el conjunto de nuestra Comunidad”.