El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha establecido el análisis de siete enfermedades que, a partir de ahora, formarán parte del cribado neonatal obligatorio para todas las Comunidades Autónomas.
Hasta el momento, la totalidad de los niños españoles se someten a los pocos días de vida a un cribado neonatal, una serie de pruebas que permite, a partir de una gota de sangre obtenida del talón del neonato, detectar precozmente enfermedades de origen endocrino, metabólico o genético.
Actualmente, estas pruebas no se realizan de la misma forma en la distintas Comunidades Autónomas: algunas autonomías estudian 5, como es el caso de Madrid, y otras, en cambio, más de 30, como sucede en Murcia. De este modo, el Ministerio de Sanidad busca evitar estadisparidad y garantizar la equidad a todos los niños independientemente del lugar de nacimiento.
Por este motivo, el Ministerio de Sanidad ha establecido siete enfermedades obligatorias que formarán parte del cribado neonatal obligatorio: fenilcetonuria, hipotiroidismo congénito, fibrosis quística, déficit acil Coa cadena media (MCADD), déficit acil Coa cadena larga (LCHADD), academia glutárica, anemia falciforme y el grupo de enfermedades jarabe de arce, academia isovalerica y homocistinuria. Según señalan desde el Ministerio, este cribado cuenta con consenso científico, aunque no se excluye la posibilidad de incluir nuevos trastornos.
Asimismo, el Ministerio también establece los requisitos necesarios para garantizar la eficacia de las pruebas, especificando cómo se debe tomar la muestra (siempre antes del alta hospitalaria de ambos) y regulando los tiempos desde el diagnóstico de una de estas patologías y el inicio del tratamiento.