Sociedades científicas de enfermería elaboran un posicionamiento sobre la necesidad de continuidad del prácticum de los estudiantes del grado

Jueves, 8 de octubre de 2020

por diariodicen.es

Diversas sociedades científicas de enfermería han elaborado un documento de posicionamiento relativo a la necesidad de continuidad del prácticum de los estudiantes del grado en Enfermería. El texto está firmado por la Sociedad Española de Enfermería Neurológica (SEDENE), en colaboración con la Sociedad Española de Enfermería Oncológica (SEEO), la Asociación de Enfermería Comunitaria (AEC), la Asociación Nacional de Directivos de Enfermería (ANDE) y la Asociación Española de Enfermería Quirúrgica (AEEQ).

De esta forma, estas entidades destacan, en primer lugar, que “el título de grado en Enfermería habilita para el ejercicio de la profesión, regulado por la UE (Directiva 2005/36/CE, relativa al reconocimiento de cualificaciones personales, modificada por la Directiva 2013/55/CE), donde se establecen requisitos mínimos de formación que incluyen un número mínimo de horas de prácticum que los estudiantes deben realizar y superar”.

Asimismo, a lo largo del pasado curso, “tras la suspensión de los prácticum por la situación epidemiológica, ya se produjo una reducción de las horas realizadas en las actuales promociones del grado en Enfermería. Dado lo avanzado del curso académico y el porcentaje de prácticum realizados hasta el momento, se establecieron mecanismos para lograr que los estudiantes de último curso finalizaran el grado”.

En este sentido, “si en el curso 2020/21 disminuyera de nuevo la realización de los prácticum, se podría cuestionar el reconocimiento del título en la UE: ‘En caso de que no puedan cumplirse los requisitos mínimos establecidos en la Directiva, deberá solicitarse una excepción a lo dispuesto en el artículo 21, apartado 6, de la Directiva para que los estudiantes que se gradúen en 2020 puedan obtener, en las actuales circunstancias excepcionales vinculadas a la COVID-19, el título mencionado en anexo V (…). Los títulos expedidos con arreglo a las condiciones establecidas en una excepción no podrán recibir un reconocimiento automático por parte del Estado miembro de acogida hasta que se hayan cumplido los requisitos mínimos de formación’. (Orientaciones de la UE sobre la libre circulación de los profesionales sanitarios y la armonización mínima de la formación en relación con las medidas de emergencia contra la COVID-19. Recomendaciones relativas a la Directiva 2005/36/CE. Comunicado 2020/C)”.

Las sociedades científicas destacan, por otro lado, que “es importante tener en cuenta que la presencia de estudiantes en los centros sanitarios puede suponer un riesgo de contagio y convertirse en una fuente de transmisión, aun contando con formación específica en materia de prevención y adaptándose a estas durante las prácticas. Dicho riesgo de contagio sería similar al de profesionales sanitarios y no sanitarios, incluso al de usuarios y acompañantes. Sin embargo, el número de estudiantes que realizan los prácticum por servicio y profesional es reducido y controlado. Por ello, creemos que deben estar, con las debidas garantías, donde adquieran competencias esenciales para su ejercicio profesional futuro”.

Asimismo, apuntan que “durante el estado de alarma, los estudiantes fueron requeridos para su incorporación en tareas de ‘auxilio sanitario’, tal y como el RD de estado de alarma preveía. Aunque su respuesta y voluntad de ayuda altruista fue muy positiva, la realización de los prácticum no puede ni debe ser, en ningún caso, el reemplazo de profesionales, por lo que, en todo caso como siempre se ha hecho, deben estar debidamente tutorizados para el logro de sus competencias, que, recordemos, no tienen y es la principal razón de los prácticum”.

Por último, el documento de posicionamiento subraya que “si se organiza de forma adecuada por las instituciones implicadas, los estudiantes actuarán con motivación, responsabilidad y eficacia en el desempeño de las actividades que, debidamente supervisadas y tutorizadas por profesionales, se les encomienden y que, en ningún caso, supongan la sustitución de actividades profesionales que deben ser desarrolladas por enfermeras graduadas. Las prácticas en entornos virtuales pueden ser complementarias, pero no sustitutorias de las prácticas asistenciales”.

En la actualidad, continúan, hay diversas autonomías que “han decidió retrasar o suspender el inicio de las actividades formativas prácticas en los centros sanitarios, dificultando el alcance de los objetivos y competencias de los estudiantes de Enfermería, si bien es de destacar que se está trabajando desde las comunidades a través de grupos de trabajo en las actuaciones necesarias para el inicio de los prácticum. Desde las distintas sociedades científicas nacionales y autonómicas nos ponemos a disposición de las autoridades para favorecer el inicio de estas prácticas mediante la colaboración institucional”.

“Como sociedades científicas, pero sobre todo profesionales de la salud, solicitamos a las comunidades autónomas que permitan la realización de los prácticum de los futuros profesionales de la salud”, concluyen.

Noticias relacionadas

estudiantes, Prácticas de enfermería, Sociedades científicas de enfermería

¿Quieres comentar la noticia?

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

*
*