El Supremo rebaja la pena a una enfermera que accedió y espió el historial clínico de su exyerno

Lunes, 22 de enero de 2018

por diariodicen.es

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado a 2 años de cárcel, 4 años de inhabilitación absoluta y una multa de 1.080 euros la condena impuesta a una enfermera de un centro de salud de Cáceres. Se le acusa de delito de descubrimiento y revelación de secretos, establecido en los artículos 197.2 6 y 198 del Código Penal después de que, obcecada por la seguridad de sus nietos, accediera y espiara a los historiales clínicos del padre de los menores y de su nueva pareja, ambos médicos anestesistas, para comprobar si tenían problemas de adicciones.

En un principio la Audiencia Provincial de Cáceres le había impuesto otra pena al considerar que “los estímulos tan poderosos por los que actuaba, no solo contrarían las normas socioculturales, sino que atienden a un bien normativo constitucionalizado como es el interés del menor, y además actúa ante la creencia de un peligro inminente y constante”.

Finalmente el Tribunal ha estimado el recurso de casación de la enfermera y ha anulado de forma parcial la sentencia que se le impuso anteriormente que constaba de casi 4 años de cárcel, 5 de inhabilitación y multa de 2.190 euros considerando que la mujer había accedido en más de un centenar de veces, desde 2011 hasta 2015, al historial.

Cáceres, Cáceres, juicio, ley, sanidad

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