El Testamento Vital y las voluntades anticipadas

Martes, 29 de noviembre de 2016

por diariodicen.es

dsc_4627El pasado 24 de noviembre el Colegio de Enfermería de Guipúzcoa (COEGI) organizó una charla por la III edición de su Espacio de Salud y Cuidados bajo el título: “Testamento vital, voluntades anticipadas. ¿Cómo se hace? ¿Dónde puedo hacerlo? Conoce sus ventajas y límites”.

Esta reunión, cuyo fin fue el de dar a conocer el documento de voluntades anticipadas, fue impartida por la doctora en Enfermería, Maite Barandiarán y Juanjo Aurrekoetxea, del Servicio de Atención al Ciudadano del Registro de Voluntades Anticipadas.

El fin de este Testamento Vital  es garantizar una asistencia que se ajuste a la voluntad del paciente, teniendo presente el respeto a la dignidad humana. Cuando los pacientes tienen realizado este documento, las decisiones a tomar por parte de los profesionales sanitarios y de los familiares son menos complicadas y ayudan a disminuir las tensiones que se generan entre los familiares y los profesionales.

El Testamento Vital

El documento aborda dos cuestiones principales: que al final de mi vida no quiero tratamientos ni nada dirigido a prolongarla (sondas o catéteres, tratamientos, exploraciones…) y que mi deseo final se produzca con el menor sufrimiento posible; minimizando el dolor y la angustia. Al final de nuestra vida, cuando no tengamos capacidad de decirle al médico lo que queremos y no queremos, podemos optar a expresarlo por escrito ahora en un documento.

“Toda persona mayor de edad y con capacidad para la toma de decisiones lo puede realizar”, afirma Barandiarán. Añade además que “en diversos estudios realizados se ha comprobado que la población en general no tiene conocimiento de que existe un documento, donde cualquier persona puede indicar los cuidados que desearía recibir en el momento final de su vida, los tratamientos que desearía recibir o no desearía que se aplicasen. Decidir sobre donde morir e incluso que hacer después de llegar su fallecimiento (donar órganos, ritos religiosos, destino de su cuerpo, cenizas…)”.

La importancia de dejar por escrito nuestras voluntades

Los documentos de voluntades anticipadas serán consultados en el momento en que el paciente no sea capad de poder decidir, mientras el paciente pueda comunicarnos sus decisiones estas se llevaran a cabo, siempre y cuando se encuentren dentro de un marco legal.

Al realizar el documento y dejar por escrito los deseos del paciente , tanto los profesionales sanitarios, como los familiares y allegados , saben lo que el paciente desearía que se le aplicase, o no, en una situación determinada y evitaría los conflictos que muchas veces pueden surgir entre familiares y allegados e incluso entre estos y los profesionales sanitarios.

“A los ciudadanos se les debe dar a conocer el derecho que tienen de poder dejar por escrito lo que desearían para el final de sus días. Es un derecho no una obligación, pero para poder ejercer dicho derecho lo primero es tener conocimiento del mismo”, puntualiza la doctora en Enfermería.

 

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