La Justicia da la razón a una enfermera a la que se le denegó un día libre

Lunes, 13 de febrero de 2017

por diariodicen.es

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El juzgado de lo contencioso-administrativo de Palencia falla a favor de la profesional enfermera que solicitó el día 4 de junio de 2016 como jornada de asuntos propios por antigüedad. El fallo viene dado por la negativa que dio la gerencia de Atención Especializada de la provincia castellanoleonesa a dicha solicitud de asueto.

La sentencia también obliga a la gerencia a desembolsar los 91,90 euros que descontó de la nómina de agosto de la enfermera al no haberse presentado esta en su puesto de trabajo. El texto jurídico en cuestión recoge que el día libre había sido concedido a la enfermera por el concepto de silencio administrativo positivo.

El juzgado llegó a esta conclusión porque la expedición del documento que denegaba la petición de la trabajadora no se realizó hasta el 27 de mayo, nueve días después de que la decisión fuese tomada, siéndole notificada la resolución, por correo certificado, el día 2 de junio.

Al estar en desacuerdo con la decisión de la gerencia, esta profesional presentó un escrito a dicha institución poniendo de manifiesto que el día señalado no acudiría a trabajar, decisión que concuerda con el Pacto sobre el Régimen de Vacaciones y Permisos del Personal.

El magistrado expone en su fallo, según recoge Redacción Médica, que «el acto de concesión ya debía operar por efecto positivo del silencio administrativo».

Por ello, la Justicia ha dado la razón a esta trabajadora de enfermería.

 

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