“La sentencia no otorga competencia a los enfermeros para prescribir”

Sábado, 1 de junio de 2013

por diariodicen.es

Tras la sentencia emitida por el Tribunal Supremo el pasado 3 de mayo ante el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Médicos (CGCOM) sobre receta médica y órdenes de dispensación, dicho organismo interpreta que su contenido “no otorga a los enfermeros una competencia profesional para prescribir de forma autónoma medicamentos sujetos a receta médica”.

Según el CGCOM, la sentencia del Tribunal Supremo, si bien desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por dicho Consejo contra el Decreto 1710/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, sin embargo interpreta que tanto la Ley del Medicamento como dicho Decreto “no otorgan a los enfermeros una competencia profesional para prescribir de forma autónoma medicamentos sujetos a receta médica”, de lo que entienden, según se recoge de forma literal, que “los enfermeros tampoco pueden usar o indicar los medicamentos sujetos a receta médica, sin el previo diagnóstico y prescripción del médico, aunque existan los protocolos”.

En referencia a la Ley del Medicamento y teniéndose en cuenta que el Decreto impugnado desarrolla parte de la misma, la sentencia, establece que “la sujeción a la prescripción médica no es alterada por el hecho de que puedan establecerse protocolos para esa actividad de indicación y uso tras la correspondiente diagnosis médica y subsiguiente prescripción por los profesionales sanitarios concernidos: los médicos más los odontólogos y los podólogos en el ámbito de sus competencias respectivas”. Según la sentencia, “la facultad de prescripción de medicamentos no resulta modificada y, por ende, la competencia previa de diagnóstico”, o lo que es lo mismo “la prescripción por el médico de medicamentos sujetos a receta médica no se ve alterada”.

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