Los enfermeros de Islas Baleares están autorizados para continuar dispensando fármacos

Lunes, 1 de julio de 2013

por diariodicen.es

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) permitirá a los enfermeros que continúen autorizando la dispensación de medicamentos no suscritos a prescripción médica, tras rechazar dos recursos contenciosos administrativos presentados por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos y por el Consejo General de Enfermería contra el Decreto de la Consejería de Salud, que permitía a los enfermeros de las islas usar, indicar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica.

A través de un comunicado, el Colegio de Enfermería de las Islas Baleares (COIBA) ha señalado que con ambas sentencias, del 5 y el 12 de junio, respectivamente, el TSJB ha confirmado la legalidad del Decreto Autonómico número 52/2011, de 20 de mayo, defendido por dicha entidad y por la propia Consejería de Salud, por el cual se regula la actuación de los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público.

El TSJB ha rechazado las peticiones de nulidad del citado Decreto planteadas por el Consejo General de Médicos y por el Consejo General de Enfermería, a las que se opuso el COIBA, así como la Consejería de Salud balear, defendiendo ambas la legalidad del Decreto.

“Las sentencias suponen un gran avance en los centros sanitarios baleares”

El COIBA ha recordado que el Consejo General de Enfermería de España solicitaba la nulidad del citado Decreto “por entender que era preciso que el enfermero estuviese previamente habilitado como condición ineludible para llevar a cabo las funciones que le otorgaba el Decreto, consistentes en usar, indicar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica mediante la orden de dispensación enfermera, y que por razón de lo anterior, consideraba que se infringía la normativa estatal”.

Según han confirmado los responsables del COIBA, esta argumentación ha sido desestimada completamente y según recoge el mencionado Decreto, los enfermeros podrán continuar utilizando, indicando y ordenando medicamentos y productos sanitarios no sujetos a la prescripción médica sin habilitación estatal previa.

Para el COIBA, estas sentencias del TSJB suponen un “enorme avance en lo que ya era, de hecho, una práctica común y necesaria en nuestros hospitales y centros de salud, viniendo ello debidamente reglado, tanto en la normativa estatal, como ahora en el referido Decreto”.

Por este motivo, la institución colegial señala que solo queda que “las autoridades pongan en práctica la aplicación de este Decreto autonómico y ordenen, por tanto, lo conducente para implantar la receta electrónica, tal como se tenía previsto, para mejorar la competencia y la calidad sanitaria en beneficio de los profesionales y, principalmente, de los pacientes y usuarios”.

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