Los españoles podrán elegir recibir asistencia en cualquier país de la Unión Europa

Miércoles, 12 de febrero de 2014

por diariodicen.es

Después de que el Consejo de Ministros aprobara el Real Decreto por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea de Asistencia Sanitaria Transfronteriza, Agustín Rivero, director general de la Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y Farmacia habló sobre este proyecto, el cual va a suponer un gran esfuerzo de adaptación organizativa a los sistemas de salud de los 28 Estados miembros.

Según Rivero, el objetivo de la Directiva es la “libre circulación de la asistencia sanitaria” y que cada caso en particular se irían en la práctica. “Dado que los reglamentos del 2004 y 2009 se prestaban a pequeñas diferencias de interpretación y se daban solapamientos de reglamentos, había que establecer más unión en la Unión con la complementariedad de la Directiva.

Hay que aclarar que esos reglamentos de la CE siguen garantizando la asistencia sanitaria de los ciudadanos europeos como hasta ahora cuando se mueven por la Europa de los 28, tanto en el caso de estancia temporal, con la tarjeta sanitaria europea como permanente. Esta circunstancia no ha sido modificada por la nueva situación y por tanto ese servicio, por lo general, no tiene que ser abonado por el paciente”.

“Hay que abonar la asistencia, aunque después se reembolsa el dinero”

Lo que vine a regular la Directiva Europea de Asistencia Sanitaria Transfronteriza es el supuesto de que el desplazamiento a otro Estado se realice con el propósito expreso de recibir asistencia sanitaria, en cuyo caso sí hay que abonarlo, aunque después le sea reembolsado el dinero. Ahí es donde radica la novedad. Agustín Rivero reconoció que la Directiva, conforme vaya “arrancando, nos encontraremos con problemas que cada país irá afrontando desde sus respectivos servicios de salud”; y aclaró que de lo que trata es de profundizar y garantizar el derecho de los pacientes para que puedan elegir dónde y por quiénes quieren ser atendidos, sin olvidar que los estados pueden poner sus límites. Por ejemplo, hay países ricos que cubren los gastos de viaje y estancia al país donde se traslade el paciente y otros que no se hacen cargo de este tipo de gastos, como es el caso de España.

Dado nuestro peculiar sistema sanitario público, aquí habrá distintas tarifas por comunidades autónomas y diferencias en la cobertura de la cartera básica y complementaria de servicios, con lo que será necesario el visto bueno de la comunidad correspondiente antes de ir a recibir una prestación a otro país. En este sentido Rivero dijo que parece que había acuerdo en establecer una tarifa estatal y homogeneizar los servicios que se van a prestar. En cualquier caso aseguró que la Directiva va a tener como consecuencia un aumento de los servicios de las diversas carteras de salud (autonomía y servicios europeos).

Hay que reseñar que la Directiva entró en vigor en Europa el 25 de Octubre de 2013 y que lo que ha ocurrido es que España ha realizado la trasposición tres meses más tarde. Maravillas Izquierdo, adjunta a la subdirección general de la Cartera Básica de Servicios del SNS de Salud y Fondo de Cohesión, que compareció junto a Rivero, matizó que existe la posibilidad de que las comunidades pongan algún tipo de pega para pagar un servicio que no esté en su cartera básica o complementaria o una prestación que esta pueda  hacer en tiempo y que existe un periodo de tres meses para informar sobre el desembolso. Izquierdo que, al parecer, es la que más se ha pateado los recovecos  de la Directiva y  las reuniones europeas, insistió en que aún está por ver qué va a pasar y que los países se han dado un margen de un año, digamos que de rodaje, al que seguirá una encuesta para pulsar la opinión de los ciudadanos y detectar fallos y así poder verificar lo que ocurre.

La Directiva Sanitaria Transfronteriza también comporta un nuevo Registro Estatal de Profesionales, actualmente en el Consejo de Estado, y de Hospitales (con indicadores de calidad). Concretó Rivero que cualquier servicio  europeo podrá llamar a la oficina correspondiente del Ministerio para tener conocimiento de un determinado profesional, hospital o centro patológico de forma inmediata.

Izquierdo estimó que a España, “séptimo país del mundo en asistencia sanitaria”, le puede venir muy bien la nueva situación, ya que se podrá elegir entre la asistencia pública o privada, apuntando al prestigio alcanzado por alguna de las clínicas privadas.

“El sector que más se puede beneficiar es el de las enfermedades raras o poco frecuentes”

También se habló de un cambio de modelo de receta en la que ha de figurar obligatoriamente el principio activo del medicamento (el mismo en toda la Unión); aunque Rivero matizó que si el médico quiere que figure una marca concreta tendrá que explicar el motivo.

Como el sector que más se puede beneficiar de la nueva situación citó al de las enfermedades raras o poco frecuentes o patologías muy complejas, que sopesaron que tenderán a concentrarse en aquellos centros donde hayan adquirido más experiencia en su tratamiento.

Otra novedad que conlleva la nueva Directiva es la creación de una Red Europea de referencia a la que se incorporarán los 187 Centros, Servicios y Unidades de Referencia con los que contamos para 42 patologías o procedimientos.

Hay que recomendar llevar dinero encima o una tarjeta con buenos fondos porque, en principio, para recibir asistencia sanitaria hay que pagar aunque después se le desembolse el dinero.

Fuente: Acta Sanitaria

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