Se anulan las contrataciones que no respetan el orden de las Bolsas de Empleo

Martes, 17 de diciembre de 2013

por diariodicen.es

De conformidad con el  Conflicto Colectivo interpuesto por el Sindicato de Enfermería SATSE contra la Consejería de Educación, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) da la razón a este sindicato en el Conflicto Colectivo ha anulado las contrataciones que no han respetado el orden establecido en las Bolsas de Empleo.

El TSJM ha dictado sentencia en procedimiento de conflicto colectivo estimando la demanda presentada por varios sindicatos, entre ellos SATSE, y ha condenado a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid a efectuar los llamamientos de los trabajadores inscritos en las Bolsas de Empleo vigentes por riguroso orden de puntuación. También anula las contrataciones efectuadas desde el 1 de septiembre de 2013 que no hayan respetado los procedimientos previstos en el artículo 19 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid.

El TSJM ha declarado válidas las Bolsas de Trabajo que dan preferencia en la contratación a quienes hayan obtenido una mayor puntuación en las pruebas selectivas realizadas por los aspirantes y ha calificado como irregular la gestión de dichas bolsas por la Consejería de Educación por no respetar “el artículo 103.3 de la Constitución Española, que regula el principio de mérito y capacidad en el acceso a la función pública, el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 19 del Convenio Colectivo”.

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