Se regula el papel del enfermero como gestor del acceso del paciente a urgencias

Martes, 27 de agosto de 2013

por diariodicen.es

La Generalitat de Cataluña ha afianzado el papel del enfermero como gestor de los pacientes que acuden como urgencia al sistema sanitario, centralizando una “respuesta inmediata y preferente”, según recoge una resolución del Consejo de Colegios de Enfermeros y Enfermeras de Cataluña publicada recientemente por el Diario Oficial de la Generalidad (DOGC).

La directora de programas del Colegio Oficial de Enfermería de Barcelona (COFB), Núria Cuxart, ha destacado que esta resolución “ordena el papel de la enfermera en el acceso del ciudadano espontáneo, puesto que hasta ahora esta gestión no estaba ordenada, y había sido motivo de fricción con los médicos”.

“El objetivo es que este usuario se lleve la mejor atención posible del sistema, teniendo en cuenta que a menudo muchas de las afectaciones las puede resolver una enfermera”, ha explicado Cuxart, quien ha añadido que esta profesional puede derivar a una compañera experta o a un médico al paciente, en función del problema clínico. “El objetivo del acuerdo es “agilizar, de forma ordenada, la atención de las personas que acuden a los servicios de urgencia de forma que sean atendidas con la máxima celeridad y garantías, con especial atención a aquellas en que la gravedad de la situación les compromete su salud”.

El proceso gestor incluirá diagnósticos y tratamientos enfermeros

De esta manera, la enfermera realiza un diagnóstico enfermero, para posteriormente definir un “tratamiento enfermero”, como la indicación del mejor régimen terapéutico que hace una enfermera, atendiendo el juicio clínico y de acuerdo con los criterios de la buena práctica, aunque no se aborda el tema de la prescripción de fármacos.

La resolución establece las directrices para el ejercicio de las actuaciones enfermeras en la gestión de la demanda como una acción que persigue iniciativas para “racionalizar la demanda asistencial”, tanto enfermera como médica, y su gestión adecuada. Según indica el documento, estas iniciativas “no pueden desdibujar los límites del ámbito competencial de las diversas profesiones sanitarias establecidas legalmente, ni poner en cuestión la calidad de la asistencia prestada a los ciudadanos”.

Dicha resolución se ampara en la Ley de 2003 de ordenación de las profesionales sanitarias para atribuir a la enfermera de facto las funciones de “dirección, evaluación y prestación de los cuidados de enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud y prevención de enfermedades y discapacidades”. Cuxart ha mostrado su satisfacción por este acuerdo, pero ha rcordado la reivindicación del colectivo de aumentar la ratio de estas profesionales por número de pacientes, “completamente desproporcionada” respecto a la de médicos.

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