Los Colegios de Enfermería se unen para rechazar la exigencia de formación adicional para prescribir

Lunes, 16 de septiembre de 2013

por diariodicen.es

Los Colegios de Enfermería de Alicante, Castellón, Islas Baleares, Murcia y Valencia han decidido enviar una carta a todos los colegiados de estas cinco provincias para rechazar conjuntamente la exigencia de formación adicional para prescribir medicamentos y productos sanitarios, incluida en el llamado Pacto por la Sostenibilidad y la Calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), firmado el 30 de julio por la Mesa Estatal de la Profesión Enfermera, constituida por el Consejo General de Enfermería y Sindicato de Enfermería-SATSE, y la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato.

Estas instituciones colegiales muestran así su oposición a que los enfermeros, tanto en el ámbito de los cuidados generales como en el de los especializados, deban realizar de manera obligatoria un programa formativo de 180 horas o su correspondencia en créditos ECTS para obtener una justificiación de capacidad prescriptora, para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios.

En cuanto a la prescripción autónoma de productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica, es decir, productos que actualmente pueden ser adquiridos libremente por cualquier persona en una farmacia, los cinco Colegios de Enfermería han explicado que “es un sinsentido y una infravaloración profesional la citada obligación de cursar formación adicional cuando no se trata de una competencia nueva sino de una actividad profesional que las enfermeras ya están desarrollando en su práctica clínica diaria”.

“La indicación de fármacos sujetos a prescripción médica de pacientes no es una nueva competencia”

Respecto a la formación universitaria, los representantes de las instituciones colegiales también señalan que los enfermeros “ya disponemos de suficiente preparación y formación universitaria como para dispensar medicamentos y productos farmacéuticos NO sujetos a prescripción médica sin necesidad de una formación adicional de 180 horas, ya que, no en vano, se trata de productos sanitarios que, insistimos, cualquier ciudadano puede adquirir actualmente sin ningún problema en una oficina de farmacia”.

Asimismo, los Colegios han mencionado el tema de la prescripción colaborativa y que se refiere a los medicamentos que sí están sujetos a prescripción médica. “No podemos estar de acuerdo con la formación señalada pues consideramos que el uso, administración e indicación de fármacos sujetos a prescripción médica no es una nueva competencia pues es evidente que, en nuestra práctica clínica cotidiana, no solo administramos (usamos) medicación o fármacos sujetos a prescripción médica sino que, siguiendo protocolos y guías de práctica clínica, basados en la evidencia científica, validados y exigibles a todas las categorías profesionales, también indicamos la pauta adecuada de fármaco, como es el caso de los miles de pacientes con diabetes atendidos diariamente por las enfermeras”.

No obstante, los Colegios de Enfermería de Alicante, Castellón, Islas Baleares, Murcia y Valencia añaden que “la actualización de conocimientos siempre es deseable y exigible pero en el caso que nos ocupa se debe llevar a cabo a través de la formación continuada.  Sólo las nuevas competencias necesitan de formación para la acreditación de su desempeño. No siendo una nueva competencia, ni la prescripción autónoma ni la colaborativa, necesitan, por tanto, de nueva acreditación”.

Sentencias recientes reconocen la capacidad del enfermero para usar, indicar y autorizar medicamentos y productos no sujetos a prescripción médica

Las cinco organizaciones colegiales también recuerdan que el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, ha dictado recientemente dos sentencias donde “se reconoce la capacidad y facultad de los enfermeros para usar, indicar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, sin ningún tipo de habilitación como la que se presente desarrollar en el susodicho Pacto por la Sostenibilidad y la Calidad del SNS”.

De la misma manera, la declaración colegial indica que la Consejería de Sanidad de Andalucía también reguló mediante Decreto (307/2009, de 21 de julio) el uso, indicación y autorización de material sanitario y fármacos, tanto los de libre dispensación como los sujetos a prescripción médica, sin que fuera necesario que los enfermeros realizaran ningún curso de prescripción ni otra modalidad de formación para a acreditar lo que ya llevan a cabo a diario.

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